¡Fill püle powüpe ta fa!

Para las 9 hrs. del día lunes 19 de diciembre quedó fijada la nueva audiencia del Juicio Oral en contra de nuestro peñi Camilo Aguas Valderas, acusado del delito de Maltrato de Obra a Carabineros, infundada imputación con la cual la fiscalía busca lograr una pena que iría desde los 3 años y un día hasta 5 años de presidio.

LA IMPUTACIÓN

Como se recordará, Camilo Aguas fue arbitraria y violentamente detenido durante los incidentes que se produjeron al final de la histórica movilización Mapuche Williche de los días 28 y 29 de septiembre de 2010, realizada en solidaridad con los prisioneros políticos  de comunidades autónomas y de la Coordinadora Arauco Malleco, que se encontraban en huelga de hambre desde el 12 de julio.

La acusación, tramitada en ese entonces en la justicia militar, sindicaba a nuestro peñi Camilo como el autor de la supuesta agresión al cabo de carabineros Enrique Sandoval Delgado (quien habría resultado con una fractura en un dedo de su mano derecha), lo que se tipificó como Maltrato de Obra a Carabineros. Producto de esta acusación, Camilo fue procesado por la justicia militar y estuvo tres meses de prisión preventiva en la cárcel de Osorno. Por otro lado, se intentó vincular a nuestro peñi con la agresión que le costó su ojo derecho a Agni Rojas, montaje que se desmoronó rápidamente dado que dicha manifestante señala claramente haber sido golpeada por un funcionario policial.

Importante no olvidar que gracias a la huelga de hambre de los prisioneros Mapuche, el estado de Chile se vio en la obligación de limitar la competencia de los tribunales militares a través de la Ley Nº 20.477 (30 de diciembre de 2010), en base a la cual los procesos por supuestos delitos cometidos en contra de uniformados son competencia de tribunales civiles y no de tribunales militares, cumpliendo así con un estándar mínimo de un estado democrático. De acuerdo a los artículos transitorios de dicha ley es que a partir del 1º de enero de 2011 casos como el de nuestro peñi Camilo pasaron a la justicia civil, lo que si bien no garantiza un juicio justo permite al menos un poco más de transparencia que la «justicia» militar.

Pero, ¿En qué consiste el Maltrato de Obra a Carabineros?

El Maltrato de Obra a Carabineros, es un delito contemplando en el artículo 416 bis del Código de Justicia Militar, artículo que presentamos íntegramente:

Artículo 416 bis.- El que hiriere, golpeare o maltratare de obra a un carabinero que se encontrare en el ejercicio de sus funciones, será castigado:
1º. Con la pena de presidio mayor en su grado medio, si de resultas de las lesiones quedare el ofendido demente, inútil para el trabajo, impotente, impedido de algún miembro importante o notablemente deforme.
2º. Con presidio menor en su grado máximo a presidio mayor en su grado mínimo, si las lesiones produjeren al ofendido enfermedad o incapacidad para el trabajo por más de treinta días.
3º. Con presidio menor en grado medio a máximo, si le causare lesiones menos graves.
4º. Con presidio menor en su grado mínimo, o multa de seis a once unidades tributarias mensuales si le ocasionare lesiones leves.

De acuerdo al Código Penal chileno, las penas aludidas en el artículo 416 bis son las siguientes:

  • Presidio mayor en su grado medio: de 10 años y un día a 15 años
  • Presidio mayor en su grado mínimo: de 5 años y un día a 10 años
  • Presidio menor en su grado máximo: de 3 años y un día a cinco años
  • Presidio menor en su grado medio: de 541 días a tres años
  • Presidio menor en su grado mínimo: de 61 a 540 días

De acuerdo a las informaciones que hemos podido recabar, la fiscal Fiscal Leyla Chahin Valenzuela pretende lograr una pena de presidio menor en su grado máximo, es decir, de 3 años y un día a 5 años de cárcel para nuestro weche Camilo.

Para lograr este propósito, la fiscalía cuenta con los siguientes testigos:

1) Enrique Eduardo Sandoval Delgado (supuesta víctima de la agresión)
2) Ricardo Humberto Valenzuela Apablaza
3) Gerardo Omar Narváez Gatica
4) Juan Castillo Vásquez
5) Ricardo Muñoz Grimm
6) Claudio Jiménez Nanig
7) Juan Carlos Leal González
8) Ricardo Poblete Vargas
9) Orlando Eugenio Calapay Artigas
10) Adolfo Elías López Moreno
11) Rodrigo Rivera Franco
12) Luis Carrasco Martínez
13) Alexis Castro Gallardo
14) Claudio Martínez Lizama
15) Felipe Céspedes Herrera

Importante mencionar que la gran mayoría de los testigos presentados por la fiscalía son uniformados, tanto de carabineros como de la PDI.

Por su parte, el defensor de nuestro peñi, José Quirilao Mulato, cuenta con 5 testigos entre los que se encuentra Agni Rojas, lo que ratifica el montaje de las policías.

CONVOCATORIA


Fotografía: Edgardo Collinao

La audiencia se realizará en dependencias del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Osorno (Los Carrera Nº 1.400). Desde ya se invita a todas la lamüen y a todos los peñi a apoyar a nuestro weche Camilo.


Más información:
Fütawillimapu: Declaración de Juicio a Camilo Aguas (por Edgardo Collinao)
Fütawillimapu: Osorno, jueves 20 de octubre de 2011: Se inicia juicio en contra del peñi Camilo Aguas en la justicia civil – Convocatoria
Fütawillimapu: Reformas a la justicia militar son ley en Chile: Casos pasan a justicia civil
Fütawillimapu: Diario Austral: Corte Marcial ordena libertad de Aguas tras 3 meses en prisión
Fütawillimapu: Diario Austral: Camilo Aguas desde la cárcel: «Me siento un preso político, porque soy mapuche»

Tamün srakisuam
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