Con el fin de analizar y comentar algunos aspectos del “Proceso de Proposición de Representantes Indígenas ante el Consejo de la CONADI” año 2016, llevado a cabo el domingo 20 de marzo pasado, solicitamos a dicha institución información relativa al padrón y a la presunta distribución de cupos de consejeros mapuche en las regiones del Biobío, La Araucanía, Los Ríos y Los Lagos. Dicha solicitud, realizada a través de la Ley N° 20.285 de Acceso a la Información Pública, fue ignorada por completo.
El día miércoles 23 de marzo pasado, ingresamos al portal de transparencia (http://www.portaltransparencia.cl) una solicitud de información a la Dirección Nacional de CONADI en la que pedimos:
A) Documento que señala o establece distribución de cupos de representantes «indígenas» mapuche ante el Consejo Nacional de Conadi.
B) Detalle numérico del padrón indígena bajo el cual se realizaron las votaciones de consejeros el 20 de marzo recién pasado, de acuerdo al siguiente detalle:
1) Total Nacional Padrón Indígena.
2) Total Padrón Indígena por Región de Los Ríos, Los Lagos, Aysén y Magallanes.
3) Total Padrón Indígena por comuna en las regiones mencionadas.
En el caso A), señalamos tener conocimiento (no confirmado) de un documento (resolución u acuerdo), emanado del Consejo Nacional de Conadi, que a mediados de la década de 1990 estableció, para el caso de los consejeros/as mapuche, 1 cupo para la región del Biobío, 2 para La Araucanía y 1 para Los Lagos (y Los Ríos). Solicitamos en este punto indicar si la información era errónea.
En el caso B), hicimos ver que durante el gobierno de Sebastián Piñera (RN), Conadi transparentó los padrones de las votaciones del año 2012:
http://www.oficinainternet1.cl/registro/padron/osorno.pdf
http://www.oficinainternet1.cl/registro/padron/recinto/r_osorno.pdf
La respuesta del Encargado de Gobierno Transparente de la Dirección Nacional CONADI (cuya identidad nos reservaremos) nos llegó el 25 de abril, en el último día de plazo legal:
“[…] informo a usted que el Consejo Nacional de CONADI se rige conforme a lo señalado en el articulo N° 41 al N° 44 de la Ley 19.253 y el Decreto Supremo N° 263, de fecha 15 de septiembre de 1999, del Ministerio de Planificación y Cooperación, hoy Ministerio de Desarrollo Social”.
Agrega el correo electrónico:
“Se adjunta ambos documentos. Además le informo que este proceso de elección de Consejeros se encuentra publicada mediante la siguiente dirección web: http://www.conadi.gob.cl/index.php/component/content/article?layout=edit&id=1695”
Como se puede observar, la respuesta enviada por el encargado de “Gobierno Transparente” elude la solicitud de información. En el primer caso, no se hace referencia al fondo de la solicitud que, como es de público conocimiento, pretende esclarecer si tras conocerse (tardíamente) los resultados de las votaciones del domingo 20 de marzo, el candidato de la Región de Los Lagos Anselmo Nuyado (3ª mayoría) debe ceder o no su cupo a la actual consejera Ana María Llao Llao, candidata de La Araucanía. En el caso del padrón, simplemente no hay respuesta adecuada.
LA CONTROVERSIA DE LOS CUPOS MAPUCHE
Como se recordará, Conadi hizo público a través del diario El Austral del 22 de marzo (ver aquí) que los nombres propuestos para ser representantes mapuche en el Consejo Nacional de Conadi eran Emilia Nuyado Ancapichún (Los Ríos y Los Lagos) con 2418 votos; José Millalén Paillal (La Araucanía) con 1819 votos; Iván Carilao Ñanco (del Biobío) con 1447 votos; y Ana María Llao Llao (La Araucanía) con 1370 votos.
Fotografía: Alberto Pizarro Ch. (PPD), director nacional de Conadi, señaló en un primer momento la existencia de dos cupos para la región de La Araucanía | Emol
El mismo medio señaló que «[p]ese a que Anselmo Florindo Nuyado Ancapichún obtuvo 1615 votos, no está dentro de los ocho porque el cupo por los Ríos y Los Lagos fue ocupado por su hermana Emilia[na].»
Sin embargo, a los pocos días, Pizarro Chañilao desmintió a radio La Voz de la Costa que hubiese una marginación del candidato williche Anselmo Nuyado, señalando que los resultados fueron remitidos al Ministerio de Desarrollo Social, traspasando la responsabilidad de determinar a los cuatro representantes mapuche a dicho ministerio y al poder ejecutivo.
La respuesta de Conadi, referente al marco legal (que ya conocíamos previamente) no explica por qué anteriormente ha operado la distribución de consejeros mapuche por región de acuerdo a lo señalado en la solicitud.
EL PADRÓN «INDÍGENA»
En lo referente a la solicitud de detalles cuantitativos del padrón (sin información personal de los/as llamados/as «indígenas»), la respuesta adquiere casi una connotación burlesca. A la fecha de esta publicación, el link enviado por el funcionario de Conadi (que hemos revisado desde el día 21 de marzo) no aporta información alguna referente a la cantidad de personas habilitadas para votar: solamente presenta los resultados de las votaciones en el universo de votos emitidos y una aplicación para saber si una persona estaba o no habilitada para votar… ¿Desidia? ¿Deficiente comprensión lectora? ¿Ocultamiento de información? ¿No existe un padrón sistematizado?
Paradójicamente, durante el gobierno de Sebastián Piñera (RN) -empresario que ha usurpado gran cantidad de territorio mapunche williche- sí existía información pública referente al «padrón indígena».
RECLAMO
Evidentemente frente a una respuesta tan poco seria, que no sabemos si se debe a una política institucional de Conadi u a otros factores, realizamos el reclamo correspondiente al Consejo para la Transparencia (http://www.consejotransparencia.cl/) para que se pronuncie referente a este caso, esperando contar con un fallo que nos permita acceder a una información que le pertenece a todos los pueblos/naciones preexistentes a Chile.
No nos explicamos que sentido tiene el negar acceso a una información tan sencilla… ¿Y si solicitamos información referente a la correcta ejecución de licitaciones, priorización de comunidades para «compras» de tierras y adjudicación de proyectos?
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