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Fotografía:Este lugar podría ser inundado por las aguas de la represa y que era reclamado como terrenos pertenecientes a los pueblos originarios | Archivo Diario El Austral de Osorno

Centro ceremonial. La Suprema ratificó al obispo evangélico como dueño de la zona en litigio en Maihue-Carimallín. Pese a ello, la Conadi de Los Ríos seguirá con el trámite de compra del predio, solicitado por comunidades de la zona el año pasado.

Cristian Higueras H.

La Tercera Sala de la Corte Suprema revocó el fallo de la Corle de Apelaciones de Valdivia que había acogido la acción de protección a favor de comunidades indígenas del sector Carimallín, en la comuna de Rio Bueno, en el límite de las provincias de Osorno y del Ranco.

El recurso consistía en tener acceso a un lugar que consideran de oración, denominando Ngen Mapu Quintuante y que a futuro, denuncian, sería inundado por la construcción de una central hidroeléctrica.

En la resolución emanada el 21 de este mes, los jueces dictaminaron que el terreno -de 12 hectáreas- que reclaman las comunidades es de propiedad del pastor evangélico Juan Heriberto Ortiz Ortiz.

«Habrá de establecerse que los terrenos sobre los que se requiere acceso ilimitado no han sido calificados como indígenas», dice parte del fallo.

Respecto de las constantes tomas pacíficas que ha sido objeto dicha zona, los magistrados manifestaron que la ocupación de los terrenos es ilegal, constituyendo una violación a las garantías constitucionales.

«El acto realizado por los recurrentes consistente en una ocupación del terreno de propiedad del recurrido importa y constituye una acción ilegal de autotutela (…) debiendo en consecuencia ser calificada como arbitraria y atentatoria de la garantía cautelada en el artículo 19 N° 24° de la Constitución Política de la República», dictaminó el máximo tribunal.


Fotografía: El pastor evangélico, Juan Heriberto Ortiz | Archivo Diario El Austral de Osorno

Con ello se cerró uno de los capítulos judiciales de este conflictivo caso, el que tiene otras aristas aún por resolver, como la venta o no de la servidumbre a la empresa Pilmaiquén por parte de Ortiz; o la compra del mencionado sitio por parte de la Corporación Nacional de Desarrollo Indígena (Conadi) de la Región de Los Ríos, que anunció que seguirá con el trámite de adquisición solicitado en su momento por las comunidades.

OPCIÓN DE COMPRA

Juan Andrés Melinao, director de la Conadi en Los Ríos, puntualizó que la resolución del máximo tribunal del país debe ser respetado por ambas partes, aunque clarificó que ello no impide el cierre del proceso de solicitud de compra.

«Nosotros tenemos que seguir con todas las gestiones administrativas y jurídicas que debemos indagar y estudiar para poder, eventualmente, proceder a una compra, toda vez que hay una solicitud», comentó.

Sin embargo, el mismo personero aclaró que no todos los trámites de esta índole culminan de manera exitosa para las comunidades.

Asimismo, Melinao sostuvo que el fallo de la Corle Suprema sólo pone de manifiesto la situación jurídica del inmueble, por lo que el requerimiento no puede ser desechado por este sólo hecho.

INFLUENCIAS DE LAS TOMAS

José Araya, del Observatorio Ciudadano, una ONG ligada a la defensa de los derechos humanos y que patrocinó el recurso de protección, sostuvo que el fallo es un revés importante para las comunidades.

El coordinador del programa ciudadanía, agregó que en el fondo el dictamen no reconoció titularidad de derechos de los comuneros.

En este aspecto, recordó que el libelo presentado en su momento a la Corte de Apelaciones de Valdivia buscaba proteger la libertad de culto y el derecho a vivir en un ambiente libre de contaminación.


Fotografía: Durante la madrugada del 18 de junio, un grupo de encapuchados prendió fuego a la casa y a una bodega propiedad del pastor evangélico | Archivo Diario El Austral de Osorno

Araya cree que la decisión de los magistrados de la Tercera Sala de la Suprema tuvo la influencia de las tomas que protagonizaron un grupo de personas ligadas al movimiento indígena.

«En general influyó mucho la situación de ocupación de las comunidades en el sector», afirmó.

El funcionario de la ONG piensa que el panorama judicial que deja la resolución es complejo, ya que despeja el camino para que el pastor evangélico, Juan Heriberto Ortiz, pueda comercializar el terreno con terceros.

«Él puede realizar las acciones que estime conveniente, ya sea vender el lugar, terminar de cortar los árboles o traspasarlo a la central hidroeléctrica programada. En ese sentido, es bastante negativo el fallo», expresó.

Si bien este es un revés importante para las comunidades, la esperanza que tiene el Observatorio Ciudadano, es que la Suprema no se pronunció sobre el fondo de la discusión, lo que deja un flanco para las futuras presentaciones legales.

Por lo mismo, Araya cree que ahora las comunidades deben acelerar el trámite de compra iniciado en la Conadi.

PREOCUPACIÓN Y CENTRAL

El gobernador del Ranco, Eduardo Hölck, que se hizo parte con una querella tras los incendios intencionales que afectaron las instalaciones del pastor evangélico en el mes de junio -donde perdió una casa y maquinaria agrícola-, dijo que este tipo de fallo altera los ánimos, por lo que existe una preocupación especial por parte de Carabineros del sector.

«Este tipo de fallos, que caldea los ánimos, también produce una preocupación especial por parte de Carabineros, que tiene un retén en la zona», declaró la autoridad en el Ranco.

La autoridad destacó que siempre el propietario accedió a dar paso a las personas del sector, que son sus vecinos, para que realicen sus ceremonias.

Sin embargo, dijo, algunos comuneros de otros lugares han protagonizado actos violentos que son rechazados por los habitantes del sector.

Respecto a si esta determinación judicial asegura aún más la construcción de las centrales hidroeléctricas Los Lagos y Osorno, Hölck indicó que estos proyectos ya cuentan con los permisos respectivos, aunque sí reconoció que podrían haber posibles inundaciones de terrenos, tema que ya fue conversado entre los habitantes y la empresa eléctrica Pilmaiquén.

«Lo que tiene comprometido la empresa con la comunidad Maihue-Carimallín y con el dueño de predio, es tomar medidas de mitigación, como construir una protección para que el sitio no se inunde», reveló el gobernador del Ranco.

Cabe mencionar que las centrales Los Lagos y Osorno cuentan con aprobación ambiental, aunque están a la espera de una resolución de la Dirección General de Aguas.

Asimismo, ya han llegado a acuerdos de servidumbres voluntarias con varios dueños de terrenos, de acuerdo al acta ordinaria de la junta de accionistas de la empresa Pilmaiquén S. A celebrada en marzo.

Por último, la vocera del movimiento indígena, la machi Millarai Huichalaf, declinó pronunciarse sobre el fallo.


Imagen: Circuito de centrales establecidas en el río Pilmaiquén | Empresa Eléctrica Pilmaiquén S.A.


Deniegan permiso de obras hidráulicas

Con fecha 31 de agosto pasado, el director (s) de la Dirección General de Aguas denegó la solicitud de aprobación de obras hidráulicas del proyecto Central Hidroeléctrica Los Lagos, solicitada por la empresa eléctrica Pilmaiquén, el 20 de marzo de 2007. De acuerdo a la compañía, «la referida resolución aparece fundada en un supuesto de hecho equivocado, razón por la cual se encuentra analizando la misma, para revertir dicha decisión». Cabe recordar que ya se otorgó la concesión para la Línea de Transmisión Eléctrica Rucatayo-Barro Blanco.


12 Hectáreas: Es el total del predio del pastor evangélico, Juan Heriberto Ortiz. Desde mediados de 2011 éste ha sido visitado por comuneros y encapuchados.

3 Hectáreas: El complejo ceremonial reclamado por las comunidades está cercano al río Pilmaiquén. El año pasado denunciaron el corte ilegal de árboles autóctonos.

18 Junio: La madrugada de ese día, un grupo de al menos 10 encapuchados maniató a la pareja de cuidadores del predio y quemó una casa de dos pisos además de un galpón.

CONFLICTO

2011: En junio del año pasado co­menzaron las tomas al inte­rior del terreno en cuestión.

Mayo 2012: La Corte de Apelaciones de Valdivia acogió un recurso de protección de las comunida­des para acceder al sitio ce­remonial.

9 mayo 2012: Juan HeribertoOrtiz presen­tó un recurso para anular la decisión del tribunal de alza­da.

21 de septiembre: La corte Suprema rechaza de manera unánime el recurso de protección y asegura pro­piedad del pastor evangélico.


Fuente: Diario El Austral de Osorno (25.09.2012)

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