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Imagen: Concesiones mineras de exploración y explotación en territorio Williche | Sernageomin

Como en el pasado, hoy las leyes impuestas a nuestro Pueblo por el estado de Chile siguen amparando a los usurpadores. Si antes era la tierra, en la actualidad junto a los monocultivos forestales, las concesiones mineras, los derechos de agua y las cuotas de pesca son el objetivo de empresas y terceros de gran poder económico quienes pretenden aumentar sus ganancias explotando los recursos naturales de nuestro territorio.

EL NEGOCIO DE LAS CONCESIONES MINERAS

Desde hace unas semanas movimientos sociales de la actual comuna de Purranque hicieron pública su preocupación y oposición al proyecto minero «La California» de la empresa Ferrisch Stone, entidad que realizó el pedimento para la exploración minera de 3.600 hectáreas en el sector ru­ral de Collihuinco (comuna de Purranque). De adjudicarse la concesión, el proyecto afectará directamente a unas 40 fa­milias y los terrenos de la comunidad indígena Ñuquemapu, además de un cementerio Mapuche, una escuela, una posta rural, dos forestales de eucaliptus, plantaciones de pino y te­rrenos agrícolas (Ver detalles aquí).

Surgen entonces las preguntas: ¿Que es una concesión minera? ¿Cuántas concesiones mineras hay en territorio Mapuche Williche? ¿En qué nos afectan?

Antecedentes jurídicos

De acuerdo al artículo 2º la Ley Orgánica Constitucional Sobre Concesiones Mineras, Nº 18.097 de 1982 (que toma las disposiciones establecidas en la constitución chilena vigente, en su artículo 19, Nº 24), las concesiones mineras son «derechos reales e inmuebles; distintos e independientes del dominio del predio superficial, aunque tengan un mismo dueño; oponibles al Estado y a cualquier persona; transferibles y transmisibles; susceptibles de hipoteca y otros derechos reales y, en general, de todo acto o contrato; y que se rigen por las mismas leyes civiles que los demás inmuebles, salvo en lo que contraríen disposiciones de esta ley o del Código de Minería».

El artículo 1º de dicha Ley Orgánica señala que existen dos tipos de concesiones mineras: de exploración y de explotación.

La concesión minera de exploración, tal como su nombre lo indica, tiene como objetivo indagar la existencia de sustancias minerables concesibles (sustancias metálicas, no metálicas y fósiles), mientras que la concesión de explotación permite la extracción de dichas sustancias. En ambos casos, la persona natural o jurídica que solicita una concesión debe dirigir un documento dirigido al Juzgado de Letras de la comuna correspondiente, escrito que recibe el nombre de pedimento, en el caso de una concesión de exploración, y manifestación, en el caso de una concesión de explotación.

Tanto el pedimento como la manifestación son solicitudes de superficie de terreno delimitada por un paralelogramo de ángulos rectos y orientados en dirección norte-sur. De acuerdo a la legislación vigente, el pedimento no puede superar las 5.000 hectáreas, mientras que la manifestación no puede superar las mil hectáreas.

Si bien la exploración y explotación de acuerdo a la LOC Sobre Concesiones Mineras esta limitada a quienes tengan una concesión, el Código de Minería (Ley Nº 18.248 de 1983) señala en su artículo 14º que «[t]oda persona tiene la facultad de catar y cavar en tierras de cualquier dominio, salvo en aquellas comprendidas en los límites de una concesión minera ajena, con el objeto de buscar sustancias minerales» y en su artículo 15º agrega que «[s]e podrá catar y cavar, libremente, en terrenos abiertos e incultos, quienquiera sea su dueño«. El ejercicio de esta facultad (que no es considerada un «derecho») se puede realizar tras solicitar un permiso en las gobernaciones provinciales sin costo alguno, es decir, usted puede solicitar permiso a la gobernación para hacer un hoyo en el predio de su vecino o vecina con el objetivo de encontrar «sustancias minerales», teniendo que indemnizarlo en caso de que el afectado denunciara perjuicios. Es así como el tan manoseado concepto de la «propiedad privada», consagrado en la constitución, pasa a segundo plano cuando hablamos de explotación minerales.


Fotografía: Contaminación de la industria minera en Chile

Siguiendo la misma idea del párrafo anterior, las concesiones de exploración y explotación garantizan a los concesionarios ciertos derechos, entre los que destaca el contemplado en el artículo 110 del Código de Minería que dice textual «[e]l titular de concesión minera tiene, por el solo ministerio de la ley, el derecho de aprovechamiento de las aguas halladas en las labores de su concesión, en la medida en que tales aguas sean necesarias para los trabajos de exploración, de explotación y de beneficio que pueda realizar, según la especie de concesión de que se trate. Estos derechos son inseparables de la concesión minera y se extinguirán con ésta».

El mencionado código establece además servidumbres a favor de los concesionarios, es decir, derechos sobre el predio superficial que está sobre la concesión, limitando los derechos del respectivo dueño. Estas servidumbres, que van desde el uso del predio superficial para construcciones y depósitos de materiales, entre otros, no pueden constituirse hasta que se haya establecido un monto de indemnización ya sea por acuerdo entre el concesionario y el dueño del predio superficial o por resolución judicial (en caso de que no sean la misma persona, claro está).

Respecto a la duración de las concesiones, en el caso de la de exploración la duración es de dos años con la posibilidad de pedir una única prórroga por dos años más, y en el caso de las concesiones de explotación la duración es indefinida.

Por último no se puede dejar de mencionar que la Constitución chilena vigente señala en su artículo 19, Nº 24, que «[l]a concesión minera obliga al dueño a desarrollar la actividad necesaria para satisfacer el interés público que justifica su otorgamiento«.

En general se concluye que el espíritu de la legislación minera es propiciar la explotación de recursos minerales limitando la tan famosa «propiedad privada» y pasando a llevar los derechos de nuestro pueblo/nación sobre el suelo, el subsuelo, el agua e, incluso, el espacio aéreo… Simplemente depredación.

Concesiones mineras en territorio Mapuche Williche

A continuación revisaremos en forma gráfica la ubicación y superficie de las concesiones mineras en territorio Mapuche Williche:

Región de Los Ríos

Imagen: Concesiones de exploración (en verde) y de explotación (en azul) Sernageomin (Click para ampliar)

Región de Los Lagos (norte)

Imagen: Concesiones de exploración (en verde) y de explotación (en azul) Sernageomin (Click para ampliar)

Región de Los Lagos (sur)

Imagen: Concesiones de exploración (en verde) y de explotación (en azul) Sernageomin (Click para ampliar)

Proporcionalmente, la actual región de Los Ríos presenta una mayor superficie de concesiones mineras de exploración y explotación, en trámite o constituidas. En el caso de la región de Los Lagos, resulta alarmante la presencia de concesiones mineras justo debajo de las propiedades de las llamadas «comunidades indígenas» especialmente en la provincia de Osorno y en la comuna de Quellón en Chiloé, es decir, en territorio Mapuche Williche.

¿Quiénes tienen las concesiones mineras?

Las imágenes anteriores muestran el estado actual del subsuelo, situación que podría empeorar en los próximos años de no organizarse una defensa de nuestro territorio ancestral.

Pero, ¿Quienes son las personas y empresas que tienen concesiones mineras?

Como ya se habrá notado, la legislación minera vigente data de principios de la década de 1980, en plena dictadura miltar en Chile. En este contexto, de acuerdo a la investigación de la peridosta Marcela Ramos publicada en el sitio Ciper Chile, una de las sobrinas del dictador, la ingeniera químico María Teresa Cañas Pinochet fue nombrada presidenta del directorio del Instituto de Investigaciones Geológicas el año 1980 (organismo que al año siguiente se convirtió en el Sernageomin), manteniéndose en el cargo hasta 1990.

Posteriormente y teniendo toda la información «privilegiada» para realizar jugosos negocios, crea junto a su esposo Jorge Iván de la Barra Valle (ex vicepresidente del Banco Central) varias sociedades entre las que destaca la sociedad “María Teresa Cañas y Compañía Limitada”, para asesorar, evaluar y realizar inversiones mineras. También fue “perito mensurador minero”, profesional que la Ley Minera exige para solicitar concesiones, durante los gobiernos de Aylwin y Lagos. En la actualidad, María Teresa Cañas y dos de sus hijos, Jorge y Andrea de la Barra, figuran entre los mayores propietarios de concesiones mineras.

El negocio de la sobrina de Augusto Pinochet es adquirir concesiones mineras para negociar sus derechos con grandes empresas, eléctricas principalmente. Necesario tener en cuenta que la concesión da derechos sobre el subsuelo de un terreno incide directamente en el valor de una propiedad y la viabilidad de cualquier proyecto. Es por esto que los de la Barra Cañas tienen concesiones mineras sobre las cuales se emplazan proyectos de empresas eléctricas como HidroAysén, Endesa y Transelec e incluso concesiones bajo el subsuelo de la ruta 5, generando ingresos millonarios.

En la imagen siguiente se puede apreciar las concesiones mineras de exploración del circulo de María Teresa Cañas en territorio Mapuche Williche, destacadas en color turquesa:


Imagen: Concesiones mineras de María Teresa Cañas Pinochet y Jorge Ivan de la Barra Cañas | Sernageomin (Click para ampliar)

Una de las concesiones mineras de María Teresa Cañas se encuentra unos pocos kilómetros al sur de Misión San Juan (comuna de San Juan de la Costa), a orillas del estero Folilco… ¿Qué proyecto se pretende desarrollar en ese sector?

Otro de los grandes concesionarios presentes en territorio Mapuche Williche es Mario Araya Jofré, titular de 122.500 hectáreas concesionadas para exploración minera (unos de los más grandes de Chile ) y de quien no hemos logrado encontrar más información. Sus concesiones de exploración reciben los nombres nombre de Alcatraz y Alejandra, siendo las más grandes en las regiones de Los Ríos y Los Lagos, como vemos en la imagen siguiente destacadas en color turquesa:


Imagen: Concesiones de exploración de Mario Araya Jofré | Sernageomin (Click para ampliar)

Un grupo importante de concesiones de Araya Jofré están en la zona en la que limitan las comunas de Osorno, Río Negro y San Juan de la Costa, territorio ancestral Mapuche, en el que están presentes varias comunidades.

Otros titulares de concesiones importantes son:

  • Ricardo Fernández Schneider: concesión de exploración en trámite llamada “La California”, en la comuna de Purranque.
  • Empresa Eléctrica Pilmaiquen S.A.: Concesiones de exploración constituidas “Tobias” y “San Esteban” (en el río Bueno) en la comuna de San Pablo.
  • Silvia Oriana Rosas Vergara: varias concesiones de exploración en Purranque (en trámite).
  • Libera Energía S.A.: Concesiones constituidas de explotación llamadas “Julieta” en la comuna de Osorno
  • Rubén Pavez Valenzuela: varias concesiones de explotación en la comuna de San Pablo, ribera sur del río Bueno
  • Petroquim S.A.: varias concesiones de exploración en trámite (con nombre Yanka) al norte de la comuna de Quellón

Existen otras concesiones de menor superficie agrupados en ciertos sectores como es el caso de 5 concesiones de explotación en el sector de Puninque, comuna de San Juan de La Costa a nombre de distintos miembros de una misma familia. Desconocemos que ocurre en dicho sector en el que residen numerosas familias Mapuche.

Por su parte la Empresa Eléctrica Pilmaiquen S.A. ha usado efectivamente la legislación minera a su favor, con lo que su proyecto Central Hidroeléctrica Osorno es un peligro real, capaz de destruir para siempre el complejo religioso Mapuche Kintuantü.

Esperamos haber contribuido a informar correctamente a nuestra gente. Es deber de nuestros dirigentes tradicionales y no tradicionales estar atentos a los movimientos de los grandes empresarios quienes a través de leyes hechas a su medida pasan a llevar nuestros derechos como Pueblo. En la segunda parte de este artículo veremos como están nuestros derechos respecto a un elemento que día a día se hace más escaso, el agua.

Fütawillimapu

Tamün srakisuam
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