Fotografía: El machi Tremihual demandó al municipio en 2011 | Archivo diario El Austral
Apelación. El municipio pedirá a la Corte Suprema no aplicar la multa.
La Corle de Apelaciones de Valdivia disminuyó la multa establecida por el fallo del Primer Juzgado de Letras de Osorno, donde se condenaba al municipio de Osorno a pagar una indemnización de 10 millones de pesos al machi Cristóbal Tremihual por mal uso de su imagen en un calendario alusivo a la Fiestas Patrias del año 2011.
La rebaja fue en dos millones de pesos, por lo que la entidad edilicia deberá cancelar $8 millones al machi. Sin embargo, la alcaldía informó que apelarán a la Corte Suprema para la nulidad del fallo y el término del pago de la multa.
La vocera del machi, Orieta Torres, valoró el fallo de la Corte de Apelaciones, explicando que a pesar de que hubo una rebaja en la multa, lo que a ellos les importa es que se reconozca el hecho de que el municipio incurrió en una falta al utilizar la fotografía del machi en una publicación masiva. «Estamos satisfechos por la ratificación del fallo, al final se comprueba que hubo uso abusivo de la imagen», sostuvo.
Por su parte, el abogado municipal, Hardy Vásquez, expresó que siguen sosteniendo que la entidad edilicia no tiene responsabilidades en el uso de la imagen de Tremihual, por lo que asegura existen errores en el fallo.
Agregó que el machi en esta ocasión se encuentra lucrando con una situación en la cual ellos como municipalidad no tienen responsabilidades.
Vásquez presentará un recurso de casación ante la Corte de Apelaciones de Valdivia, quien remitirá los antecedentes a la Corte Suprema, que será la encargada finalmente de dirimir si el municipio deberá pagar o no los $8 millones al machi por utilizar su imagen en dos mil ejemplares de calendarios institucionales.
Fuente: Diario El Austral de Osorno (13.12.2012)
No deja de llamar la atención los dichos del abogado municipal en cuanto a que el machi Tremigual estaría lucrando con el juicio, lo que sólo evidencia la soberbia de quienes le han faltado el respeto a nuestro Pueblo.
El fallo de la Corte de Apelaciones de Valdivia, es claro en señalar en su punto nº 5 que la municipalidad «estaba en conocimiento de la necesidad de acreditarse la propiedad de las imágenes que serían publicadas en el calendario» y que si en el caso de que la empresa oferente no fuese propietaria de las imágenes aparecidas en el calendario o no existiese autorización del machi para su publicación, sólo «demuestra negligencia de la Municipalidad, en torno a la adjudicación de ésta [licitación], al no verificar que se cumpla con las bases y especificaciones técnicas que la misma Municipalidad fijó».
En el punto nº 7 se reconoce la condición de machi que «se contextualiza dentro de la cultura y creencias del pueblo mapuche, lo que ameritaba un deber de resguardo mayor de parte de un organismo público como es una corporación municipal, al momento de determinar la publicación de esa fotografía en el calendario», razón por la cual existe daño moral causado (Nº 8) por la municipalidad, dañándose su credibilidad como autoridad de un pueblo originario.
En los puntos nº 8 y nº 9, se establece la obligación de la Municipalidad de Osorno de indemnizar al machi Cristóbal Tremigual por $8.000.000.-, dado que la corporación municipal no tuvo ánimo de lucro. Importante mencionar mencionar que el valor inicial de indemnización quedó fijado en $10.000.000.- siguiendo el precedente del caso de la lamüen Erika Cruz Llancamil.
Finalmente, se confirma el fallo del 2º Juzgado de Letras de Osorno, respecto al daño causado por la municipalidad.
Revise fallo de la corte de apelaciones de Valdivia en forma íntegra:
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