Imagen: Centro de Políticas Públicas
ONU. 16.11.2010.- La Tercera Comisión de la Asamblea General de las Naciones Unidas (ONU) aprobó por consenso el proyecto de resolución A/C.3/65/L.22/Rev.1 que acuerda celebrar una Reunión Plenaria de Alto Nivel en 2014, que recibirá el nombre de “Conferencia Mundial sobre los Pueblos Indígenas”.
Esta Conferencia se realizará al finalizar el Segundo Decenio Internacional de los Pueblos Indígenas del Mundo (2005 – 2014), y tendrá por propósito intercambiar criterios sobre el ejercicio y cumplimiento de los objetivos de la Declaración de las Naciones Unidas sobre los derechos de los pueblos indígenas.
La resolución exhorta a los Estados Miembros y a la cooperación internacional para que apoyen en la solución de los problemas que enfrentan los pueblos indígenas en esferas como la cultura, la educación, la salud, los derechos humanos, el medio ambiente y el desarrollo socio económico.
La resolución alienta a los Estados que todavía no han ratificado el Convenio 169 de la OIT, o no se han adherido a él, a que consideren la posibilidad de hacerlo, así como la posibilidad de respaldar la Declaración de las Naciones Unidas sobre los derechos de los pueblos indígenas, y celebra que cada vez más Estados respalden dicha Declaración;
Acoge con beneplácito la labor del Relator Especial y toma nota con aprecio de sus informes sobre la situación de los derechos humanos y las libertades fundamentales de los indígenas, y sobre el Segundo Decenio Internacional de los Pueblos Indígenas del Mundo;
El proyecto de resolución fue presentado por el Estado Plurinacional de Bolivia con el copatrocinio de Argentina, Australia, Benin, Cuba, Dinamarca, Ecuador, El Salvador, Finlandia, Guatemala, Honduras, México, Nicaragua, Noruega, Panamá, Perú, República Dominicana, Uruguay y la República Bolivariana de Venezuela.
En el momento de la adopción se sumaron como copatrocinadores Estados Unidos, Brasil, Nueva Zelandia, Canadá, Italia, Estonia, España, Albania, Chile, Grecia, Congo, Armenia, Croacia, Chipre, Paraguay y Luxemburgo.
>>> Descargue la resolución ONU A/C.3/65/L.22/Rev.1 <<<
Fuente: Centro de Políticas Públicas (17.11.2010)