Empresa española tramita constitución de concesiones mineras en Río Negro y San Juan de la Costa

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L’afkenmapu, litoral del territorio mapunche williche en San Juan de la Costa y Río Negro | osorno_chile’s

En junio de 2015 nuestro sitio web informó acerca de la constitución de 16 concesiones mineras en la zona costera de la actual provincia de Osorno, específicamente entre las comunas de Río Negro y San Juan de la Costa, por parte de la empresa chilena Asesorías La Cabrería SpA. A dichas concesiones se suman hoy 27 nuevas concesiones de la empresa española Esteyco.

A partir de 2012 fuimos testigos del explosivo proceso de acaparamiento de derechos mineros en territorio williche, proceso de ‘usurpación legal’ que fue frenado gracias a las acciones realizadas por las familias y comunidades directamente afectadas. Así, durante el 2016 y parte de 2017, las ‘concesiones mineras’ dejaron de ser una preocupación.

Ad portas del fin del gobierno de turno, tiempo de transición en el que se producen ‘amarres’ e intempestivas aprobaciones de proyectos, hemos constatado un aparente reinicio en el proceso de acaparamiento de derechos ‘sobre’ el subsuelo de la Füta Kasrü Mawisam (Cordillera de la Costa), un llamado a trabajar en la búsqueda de una solución definitiva a la desprotección del territorio mapunche.

ALERTA EN TERRITORIO L’AFKENCHE

Como informamos en junio de 2015, en la zona que se encuentra entre la playa de Tril Tril (San Juan de la Costa) y el río Huellelhue (Río Negro), la empresa chilena Asesorías La Cabrería SpA, Rut 76188171-K, estaba tramitando 16 concesiones mineras de exploración con el nombre “Maicoupue”, con un total de 4.600 hectáreas de subsuelo (ver link). Hoy día dichas concesiones están judicialmente constituidas.

Continuando con la privatización del subsuelo en territorio mapunche l’afkenche, la filial chilena de la española Esteyco, “Esteyco Chile SPA”, está constituyendo 27 concesiones mineras de exploración al sur del paño perteneciente -en la legalidad chilena- a Asesorías La Cabrería.

Las 27 concesiones mineras de Esteyco, con el nombre “Maicolpi”, se distribuyen de la siguiente manera:

  • 3 concesiones de exploración en San Juan de la Costa tramitadas en el 1º y 2º Juzgados de Letras de Osorno
  • 24 concesiones de exploración en Río Negro tramitadas en el Juzgado de Letras de Río Negro

La superficie abarcada por dichas concesiones es de 6.900 hectáreas.

Esteyco Chile SPA, Rut 76.328.709-2, está representada legalmente por el español Carlos Fernández Cabrera, Rut 24.583.647-3, con domicilio en calle Badajoz 130, oficina 1206, Las Condes, Región Metropolitana.

Es importante señalar que en la zona afectada se encuentran las familias pertenecientes a los kawiñ (comunidades) Maicolpi, Caleta Huellelhue, Ñirehue y Loy Cumilef, organizaciones ancestrales mapunche a las que no se les ha informado ni menos consultado respecto a la constitución de concesiones mineras en su espacio vital. Así mismo, dicha zona es parte de la Red de Parques Mapulahual y parte del Sitio Prioritario para la Conservación de la Biodiversidad “Cordillera de la Costa”, desde 2003, lo que implica un tratamiento particular al momento de la evaluación ambiental de proyectos.

En la imagen siguiente se puede observar la zona afectada, en la que el catastro del Sernageomin presenta 25 de las 27 concesiones en actual tramitación:

Concesiones mineras de Esteyco en San Juan de la Costa y Río Negro | Sernageomin

Revise aquí todas las concesiones mineras de exploración tramitas por Esteyco Chile SPA en la Provincia de Osorno: >>> ver link <<<

Todos los pedimentos mineros fueron ingresados a los juzgados el día lunes 27 de febrero de 2017, pero recién aparecieron en el mes de junio en el catastro online del Sernageomin. De nuevo el acaparamiento de derechos sobre el minumapu (subsuelo) se hace a escondidas de familias, comunidades y autoridades ancestrales mapunche williche…

ESTEYCO

De acuerdo a su sitio web, Esteyco es una empresa de origen español creada en la década de 1970 y que en la actualidad desarrolla proyectos en los ámbitos de infraestructura, mecánica estructural, arquitectura, urbanismo y energía. Ha desarrollado proyectos en varios países de Latinoamérica, Europa, Asia y África.

La filial chilena de Esteyco, que tiene como gerente general a Carlos Fernandez Cabrera, en la actualidad está detrás de los siguientes proyectos:

Como se puede apreciar, la filial chilena de Esteyco está desarrollando proyectos ligados a la generación de energía, particularmente solar y eólica.

Parque Eólico de San Juan de Chañaral | Esteyco

Como se ha señalado en publicaciones anteriores, la Füta Mawisam o Cordillera de la Costa, en la Provincia de Osorno es hoy el interés de varias empresas del rubro energético, particularmente para la construcción de hidroeléctricas de pasada y parques eólicos. Estos últimos han tenido una mayor discusión pública debido al controversial proyecto Energía Don Arturo en la zona norte de San Juan de la Costa (ver link) y el reciente Acuerdo Voluntario de Preinversión entre la Comunidad La Catrihuala (Río Negro) y la empresa alemana Sowitec (ver link).

Por tanto, es altamente probable que el interés de Esteyco sea la futura creación de un parque eólico o intervenir en el indeseado proyecto de construcción de la ‘ruta costera’.

¿Y EL CONVENIO 169? ¿Y LA CONSULTA?

El año 2014 solicitamos vía ‘Ley de Transparencia’ un pronunciamiento del Ministerio de Minería respecto a si se iba a aplicar o no ‘Consulta Indígena’ en el proceso de constitución (judicial) de concesiones mineras. La respuesta del recién asumido gobierno de Michelle Bachelet fue negativa: “el procedimiento para el otorgamiento de una concesión minera, es un procedimiento netamente judicial, que contempla una serie de etapas, en las cuales el Ministerio de Minería no tiene ninguna participación, de acuerdo a lo señalado en el Código de Minería” (ver link).

En diciembre del mismo año, frente a la negativa de realizar consulta ‘indígena’ y frente a la invisibilización de las müchulla (familias) directamente afectadas por concesiones mineras, seis comunidades de San Juan de la Costa y una de Puyehue, interpusieron un recurso de protección en la Corte de Apelaciones de Valdivia contra los juzgados civiles de Osorno y contra el Estado de Chile (Civil 1091-2014) buscando anular las concesiones constituidas en territorio mapunche y exigir consulta ‘indígena’ de acuerdo a lo establecido en el Convenio 169 de la OIT (ver link). A esta acción judicial se sumaron posteriormente un Apo Ülmen y tres Lonko, junto a una comunidad y una asociación mapuche williche (ver link).

Dicho recurso, como era de esperar, fue rechazado por la corte valdiviana el 23 de abril de 2015, llevándose el caso a la Corte Suprema, tribunal que confirmó el fallo de la corte de apelaciones el 26 de mayo de 2015.

Respecto al fallo de la Corte de Apelaciones de Valdivia, podemos señalar que el razonamiento aplicado por dicho tribunal fue notablemente influenciado por el informe del Consejo de Defensa del Estado (CDE), documento ingresado a la corte el día 23 de enero de 2015, y que señala, siguiendo lo ya expresado por la respuesta del Ministerio de Minería, que la “consulta indígena” del Convenio Nº 169 de la OIT es ‘impertinente’ en los procedimientos judiciales y, específicamente, “no está prevista como requisito previo para la dictación de sentencias en procedimientos judiciales, contenciosos o voluntarios”.

Entre los aspectos que destacan en el informe del CDE, formulado con claro enfoque colonialista y autoritario, está la validación del reglamento -mutilatorio- de la consulta ‘indígena’: el Decreto Nº 66 del Ministerio de Desarrollo Social (2013), herencia del gobierno de Sebastián Piñera. Frente a la respuesta del CDE, resulta ‘paradojal’ que en su programa de gobierno, Michelle Bachelet se comprometiera a revisar y, eventualmente, modificar el “reglamento general de consulta” y el reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental -D.S. Nº 40- (ver link), promesas que, como sabemos, no se han cumplido.

Finalmente, un aspecto que nos llama la atención es el  Oficio Nº 25-2014 del 2º Juzgado de Letras de Osorno, ingresado a la Corte de Apelaciones de Valdivia el 13 de enero de 2015, citado en la sentencia de la forma siguiente:

“Señala también que en ninguna de las causas las comunidades indígenas recurrentes se hicieron parte alegando algún derecho a su favor pese a las publicaciones realizadas en conformidad a la ley. Finalmente agrega que en ninguna de las causas aparece antecedente que pudiera informar al tribunal que los pedimentos recaían sobre tierra indígena, por lo que malamente el Juez instructor de las causas pudo aplicar el Convenio 169 de la OIT en la forma sugerida, y pide en consecuencia el rechazo del recurso de protección”.

En primer lugar, se puede observar que el tribunal resguarda su actuar basándose en que el procedimiento es transparente dado que las publicaciones se realizan “en conformidad a la ley” en el Boletín de Minería de Santiago, publicaciones a las que un o una mapunche, como cualquiera de nosotros y nosotras, no tiene acceso… De hecho, en términos prácticos, nadie sabe que existe dicho boletín.

En segundo término, si nuestra comprensión de lectura no es errónea, el tribunal osornino abre la posibilidad de aplicación del Convenio 169 de la OIT en la medida en que el juzgado sea informado de que la constitución de concesiones mineras recaen sobre ‘tierra indígena’… Frente a esto nos preguntamos, ¿y por qué órganos de “administración del Estado” como Conadi o Sernageomin no informan al tribunal cuando concesiones mineras se constituyen en ‘tierras indígenas’?

Por ahora, no se vislumbra una solución al acaparamiento del subsuelo del territorio mapunche en el corto plazo. Lo que sí se vislumbra son escenarios de gran tensión, si es que el Estado y los gobiernos de turno no muestran una pronta y real apertura a escuchar, dialogar y hacer respetar nuestros derechos colectivos como grupo humano preexistente en esta mapu.

Salvador Rumian C.
Fütawillimapu
Wesrkin


¡Ka pichin kimpayaimün!
Fütawillimapu: Informe INDH 2015: Concesiones mineras en la Fütawillimapu y eventuales derechos afectados

Tami srakisuam

4 comentarios

  1. una forma legal de atropello y robo al pueblo que se hace a vista y paciencia de cada gobierno de turno, y nosotros mirando desde nuestra comodidad sin actuar ni informarnos ¿seguiremos permitiendolo? igual es importante reflexionar sobre esto

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